Asilo y protección internacional: tus derechos y la cita
Solicitar protección internacional en España es gratuito, y la ley te reconoce derecho a asistencia jurídica gratuita y a intérprete durante todo el procedimiento. Antes de pagar a nadie por nada, conviene que sepas exactamente eso.
Mrcita.es es un servicio privado e independiente. Puedes solicitar tu cita oficial por tu cuenta y de forma gratuita ante el organismo competente; solo cobramos por la asistencia privada opcional. No garantizamos la disponibilidad del sistema oficial ni ningún resultado.
Lo esencial, y lo primero
Lo decimos al principio y no al final a propósito. Esta página pertenece a un servicio de pago, y sería deshonesto ofrecerte una asistencia opcional sin haberte dicho antes que el trámite es gratuito y que la ley te reconoce ayuda jurídica sin coste.
Qué reconoce la Ley 12/2009 a quien solicita
Cuatro artículos concretos, citados literalmente. Si alguien te dice lo contrario de lo que dicen, comprueba la fuente.
Artículo 16.2 — asistencia jurídica e intérprete
«derecho a asistencia jurídica gratuita, que se extenderá a la formalización de la solicitud y a toda la tramitación del procedimiento […] así como derecho a intérprete»
Artículo 17.2 — plazo
La solicitud se presenta «sin demora y en todo caso en el plazo máximo de un mes desde la entrada en el territorio español»
Artículo 18.1.a) — documentación
Derecho «a ser documentado como solicitante de protección internacional»
Artículo 19.1 — no devolución
«la persona extranjera no podrá ser objeto de retorno, devolución o expulsión hasta que se resuelva sobre su solicitud o ésta no sea admitida»
Citas literales del texto consolidado en el BOE, verificadas el 30 de agosto de 2026. Cómo se aplican a un caso concreto no se decide leyendo una web: para eso está la asistencia jurídica del artículo 16.2.
Dónde se tramita
La autoridad competente en materia de protección internacional es la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), dependiente del Ministerio del Interior. El Ministerio mantiene además un portal específico de protección internacional.
- Asilo y refugio — Ministerio del Interior
- Portal de protección internacional del Ministerio del Interior
- Buscador oficial de dependencias de la Policía Nacional
Qué ha cambiado en 2026 y qué todavía no
Ya se aplica
Los reglamentos europeos del Pacto: la comunicación oficial indica que «se aplican desde el pasado 12 de junio de 2026». La OAR publica información sobre las «solicitudes de protección internacional formalizadas a partir del día 12 de junio (PEMA)».
Todavía no es derecho vigente
El Consejo de Ministros aprobó el 25 de agosto de 2026 «dos anteproyectos», en primera lectura. Quedan los informes de los ministerios, los dictámenes del Consejo de Estado y del CGPJ, la vuelta al Consejo de Ministros como proyectos de ley y después «su tramitación parlamentaria y aprobación definitiva».
La cita oficial es gratuita: cómo pedirla tú
La cita se pide en el sistema oficial de cita previa de extranjería, eligiendo provincia y trámite. Es gratuita y puedes hacerlo tú.
- Entra en la página de cita previa de extranjería .
- Elige la provincia en la que te encuentras.
- Selecciona el trámite de protección internacional que corresponda entre los que ofrezca el sistema en esa provincia.
- Introduce tus datos y reserva el hueco que muestre el sistema.
- Guarda el justificante. Es el documento que acredita la cita.
Según la propia página oficial, con carácter general «la solicitud de cita debe ser realizada por el ciudadano extranjero o su representante autorizado».
Si prefieres que lo hagamos nosotros
Todo lo anterior puedes hacerlo por tu cuenta sin pagar nada. Mrcita es una opción, no un requisito. Lo que se cobra es el tiempo y la gestión, nunca la cita: no vendemos citas, no tenemos acceso privilegiado al sistema oficial y no reservamos plazas por adelantado. Buscamos en el mismo portal público al que puedes entrar tú.
Qué incluye la asistencia
- Buscamos hueco en el portal oficial para el trámite y la provincia que necesitas.
- Reservamos cuando aparece un hueco compatible con tus preferencias y te enviamos el justificante oficial en PDF por WhatsApp.
- Te confirmamos la dirección y la hora, y te avisamos si el sistema mueve o anula la cita.
- Si el sistema anula o mueve la cita, volvemos a buscar sin coste adicional.
Desde 129 €, y solo si la cita se consigue
Sin pago por adelantado. Si no la conseguimos, no hay cargo. Las tasas oficiales, cuando correspondan, las pagas tú directamente a la Administración y no forman parte de este precio.
Solicitar cita → WhatsAppPreguntas frecuentes
No. El procedimiento de protección internacional no tiene tasa, y la cita previa en el sistema oficial tampoco: el Ministerio del Interior describe la cita previa de extranjería como «un servicio público que es, en todo caso, gratuito». Cualquier cantidad que pagues es por una asistencia privada opcional, nunca por el trámite ni por la cita.
Sí. El artículo 16.2 de la Ley 12/2009 reconoce «derecho a asistencia jurídica gratuita, que se extenderá a la formalización de la solicitud y a toda la tramitación del procedimiento, y que se prestará en los términos previstos en la legislación española en esta materia, así como derecho a intérprete». Es un derecho, no un favor, y es anterior a cualquier servicio de pago.
El artículo 17.2 de la Ley 12/2009 establece que la solicitud debe presentarse «sin demora y en todo caso en el plazo máximo de un mes desde la entrada en el territorio español». Si tu caso no encaja en ese supuesto, consúltalo con asistencia jurídica: no es algo que deba decidirse leyendo una web.
El artículo 19.1 de la Ley 12/2009 dispone que «la persona extranjera no podrá ser objeto de retorno, devolución o expulsión hasta que se resuelva sobre su solicitud o ésta no sea admitida». La aplicación concreta a tu situación corresponde valorarla a tu asistencia jurídica, no a esta página.
El artículo 18.1.a) de la Ley 12/2009 reconoce el derecho «a ser documentado como solicitante de protección internacional». La documentación concreta y sus renovaciones las gestiona la Administración dentro del procedimiento.
Todavía no. El Consejo de Ministros aprobó el 25 de agosto de 2026 «dos anteproyectos» en primera lectura. Un anteproyecto no es una ley: faltan los informes de los ministerios, los dictámenes del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial, la vuelta al Consejo de Ministros como proyectos de ley y después «su tramitación parlamentaria y aprobación definitiva». No damos fecha de entrada en vigor porque no la hay.
Esos sí. La comunicación oficial indica que los reglamentos europeos «se aplican desde el pasado 12 de junio de 2026». La Oficina de Asilo y Refugio publica información específica sobre las «solicitudes de protección internacional formalizadas a partir del día 12 de junio (PEMA)». Cómo afecta eso a un expediente concreto es una cuestión jurídica que debe verse caso por caso.
No, en absoluto. Mrcita.es es un servicio privado e independiente. No somos abogados, no representamos a nadie ante la Administración, no intervenimos en el expediente y no tenemos ninguna influencia sobre la resolución. Nuestra asistencia se limita a buscar y reservar una cita cuando el sistema oficial la ofrece, y solo se cobra si la cita se consigue.
Pide la cita tú mismo en el portal oficial, que es gratuito, y solicita la asistencia jurídica gratuita que te reconoce el artículo 16.2. Existen además organizaciones especializadas en protección internacional que asesoran sin coste. No necesitas contratar a Mrcita para acceder al procedimiento.
